Nos llamó la atención el reciente accidente vial ocurrido en el acceso norte de El Bolsón, donde un operario policial que circulaba en moto sufrió un despiste. Lo que más sorprendió fue descubrir que muchas de las motos nuevas incorporadas a la Policía de Río Negro, utilizadas para el patrullaje diario en las calles de la ciudad, no llevan patente identificatoria. Esto plantea interrogantes sobre la legalidad y regulación de estos vehículos. ¿Es posible que un cuerpo policial opere sin cumplir con este requisito básico de identificación?
Cuando las motocicletas de la policía se usan para patrullaje preventivo diario y no en operativos encubiertos o de alto riesgo, cubrir las patentes o no exhibirlas puede generar dudas sobre la transparencia y la responsabilidad de las fuerzas de seguridad. En condiciones normales, las leyes de tránsito argentinas, como la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, exigen que todos los vehículos que circulen, incluidas las motos policiales, tengan patente visible, ya que esta es fundamental para la identificación y regulación del tránsito, así como para el cumplimiento de las normativas de seguros
El motivo de cubrir o no mostrar las patentes en estos casos no está claramente justificado en la legislación vigente. A nivel operativo, podría argumentarse que se busca proteger la identidad del vehículo en situaciones sensibles, pero en un patrullaje rutinario, esta práctica puede estar en conflicto con los principios de transparencia y legalidad.
En cuanto a los seguros, las pólizas para vehículos oficiales, como los usados por las fuerzas de seguridad, están reguladas para cubrir contingencias que puedan ocurrir durante su uso. Las compañías aseguradoras emiten coberturas específicas para móviles policiales, y, aunque no siempre se requiere una patente visible para que el seguro sea válido, la identificación de los móviles es crucial para la trazabilidad en caso de accidentes o siniestros. No exhibir la patente puede dificultar la identificación de los móviles en estos casos, lo que podría entorpecer las investigaciones o reclamaciones relacionadas con incidentes de tránsito.
En resumen, para el patrullaje diario preventivo, no hay una justificación clara en las normativas actuales para ocultar las patentes, y hacerlo podría complicar tanto la regulación vial como las responsabilidades de seguro.
Fuente
https://www.argentina.gob.ar/normativa/provincial/ley-5263-123456789-0abc-defg-362-5001rvorpyel/actualizacion
https://web.legisrn.gov.ar/digesto/normas/documento?id=2016120034&e=DEFINITIVO
https://transporte.rionegro.gov.ar/normativa