Tras la anulación de un concurso por parte del Consejo Directivo de una institución, se desató una polémica. Una de las postulantes, que había quedado primera en el orden de mérito, acusó al Consejo de discriminarla por su pertenencia al órgano de gobierno. Para expresar su descontento, envió un correo a todos los docentes del instituto.
En respuesta, otro docente también envió un correo masivo, pero esta vez acusando al Consejo de "machismo institucional" y señalando a un miembro en particular como responsable. Estas acusaciones llevaron a que el señalado demandara al autor del correo por daño moral.
El tribunal determinó que las acusaciones difundidas en el correo fueron falsas y perjudiciales, afectando la reputación y dignidad del demandante. Según la sentencia, el autor del correo actuó sin reflexionar y utilizó un medio masivo para lanzar acusaciones infundadas, lo que agravó el daño al ser recibido por todos los docentes del instituto.
Una evaluación psicológica confirmó que el demandante sufrió angustia a raíz de estas declaraciones, lo que respaldó la demanda por daño moral. La jueza subrayó la importancia de respetar tanto la libertad de expresión como los derechos a la dignidad y el honor, señalando que una libertad no puede vulnerar derechos de terceros.
Finalmente, se dictó que el autor del correo debía asumir la responsabilidad por el daño causado y se remarcó la necesidad de mantener un equilibrio entre la libre expresión y el respeto por los derechos personales, especialmente en contextos laborales y profesionales.