📍 Las personas asociadas pueden impugnar las postulaciones hasta el día jueves 6 de agosto a las 13.00 h en las Oficinas Centrales de Coopetel ubicadas en Juez Fernández 429.
📄 Artículo 39 - Impugnaciones: los asociados que estén incluidos en el Padrón General podrán presentar impugnación contra cualquiera de los postulantes. Las listas de candidatos lo harán a través de sus apoderados exclusivamente. Deberán ser presentadas en forma escrita, con firma del asociado, su número de documento y domicilio, y detallando el argumento de la impugnación.
📄 Artículo 39 - Impugnaciones: los asociados que estén incluidos en el Padrón General podrán presentar impugnación contra cualquiera de los postulantes. Las listas de candidatos lo harán a través de sus apoderados exclusivamente. Deberán ser presentadas en forma escrita, con firma del asociado, su número de documento y domicilio, y detallando el argumento de la impugnación.