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Frenó porque se cruzaron unos charitos en la ruta, lo chocaron de atrás y deberán compensarlo

 Un conductor circulaba por la Ruta Nacional 22, a unos 40 kilómetros de Zapala, cuando una bandada de charitos, se cruzó en su camino. Ante la presencia de los animales, redujo la velocidad de su Volkswagen Suran para evitar atropellarlos. Detrás suyo avanzaba una Ford EcoSport que no alcanzó a frenar y lo chocó en la parte trasera.

El siniestro ocurrió en un tramo rural de la ruta, donde había un cartel que advertía sobre la presencia de ñandúes y recomendaba disminuir la velocidad. La calzada estaba seca, en buenas condiciones y la visibilidad era adecuada.

El impacto provocó daños en ambos vehículos. Mientras el conductor que iba adelante sostuvo que había frenado por los animales, el automovilista que lo chocó afirmó que el vehículo estaba completamente detenido sobre la ruta y que los charitos ya habían terminado de cruzar.

El propietario del Volkswagen Suran intentó obtener una reparación a través de reclamos ante la aseguradora, pero no consiguió una respuesta. Por eso inició una demanda por daños y perjuicios contra el otro conductor. El caso llegó al fuero Civil de Villa Regina, donde una jueza analizó las pruebas y atribuyó toda la responsabilidad del accidente al automovilista que circulaba detrás.
La sentencia lo condenó a pagar una indemnización, más intereses. También extendió la obligación a la compañía de seguros dentro de los límites de la cobertura contratada.

El conductor demandado rechazó su responsabilidad. Aseguró que circulaba a velocidad reglamentaria y a unos 100 metros del otro vehículo cuando este se detuvo de manera imprudente sobre su carril. Sostuvo que los animales ya no representaban un obstáculo y que la maniobra del otro automovilista había provocado el accidente. La aseguradora reconoció la existencia de la póliza y respaldó la versión de su asegurado. Ambos solicitaron el rechazo de la demanda.

Para resolver el caso, la magistrada aplicó las normas de responsabilidad civil del Código Civil y Comercial y la Ley Nacional de Tránsito. Recordó que los conductores deben conservar el dominio de sus vehículos, circular con precaución y mantener una distancia suficiente para reaccionar ante una frenada.

Consideró que reducir la velocidad por la presencia de animales era una maniobra justificada, especialmente en una zona rural con señalización preventiva. También señaló que quien circula detrás debe prever la posibilidad de que el vehículo que lo precede disminuya bruscamente la velocidad.

La pericia accidentológica resultó determinante. El especialista concluyó que el conductor del Volkswagen había reducido la velocidad y que posiblemente llegó a detenerse, aunque no pudo establecerlo con certeza. También indicó que el automovilista que circulaba detrás no logró reaccionar y frenar a tiempo. La jueza destacó que no se probó que el primer vehículo estuviera completamente detenido ni que los animales hubieran abandonado la ruta.

La indemnización comprende los gastos de reparación del vehículo y la imposibilidad de utilizarlo durante el tiempo necesario para arreglarlo. También incluye el daño moral ocasionado por las consecuencias del accidente y los reclamos que debió realizar su propietario. La jueza rechazó, en cambio, el pedido de compensación por una supuesta pérdida del valor comercial del automóvil, porque la pericia indicó que una reparación completa permitiría conservar su valor de venta. La sentencia todavía no se encuentra firme y puede ser apelada.

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