Un juzgado civil de Bariloche dictaminó que el banco Patagonia S.A. deberá indemnizar a una clienta que fue víctima de una estafa virtual, tras no garantizar la seguridad en sus operaciones. La resolución incluyó la nulidad de un préstamo fraudulento, la restitución de fondos sustraídos y una compensación por daño moral, además de la rectificación de los registros financieros de la demandante.
La clienta había sido contactada por un supuesto comprador luego de publicar un artículo en una plataforma digital. A través de un engaño, los estafadores lograron que realizara gestiones en un cajero automático, accedieron a su cuenta, vaciaron sus fondos y tramitaron un préstamo a su nombre, cuyo monto también retiraron. Al denunciar el hecho ante el banco, la entidad rechazó el reclamo, argumentando que ella había compartido sus claves bancarias de manera voluntaria, calificándolo como negligencia.
El fallo judicial destacó que el banco incumplió su deber de seguridad, estipulado por normativas del Banco Central, al no detectar movimientos inusuales en la cuenta de la clienta. Estas transacciones, dirigidas a cuentas no registradas y de características atípicas, deberían haber disparado alertas en sus sistemas de monitoreo.
El juez enfatizó la falta de medidas efectivas contra el creciente riesgo de fraudes electrónicos. Además, subrayó la responsabilidad de los bancos de proteger a sus clientes, como lo establece la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Según el principio de "carga dinámica de la prueba", la entidad debía demostrar que contaba con sistemas de seguridad adecuados, lo cual no logró acreditar.
El caso pone en evidencia la necesidad de extremar precauciones frente a estafas virtuales y refuerza la obligación de las instituciones financieras de garantizar la seguridad en sus servicios.
Fuente: Dirección de Comunicación Judicial - Poder Judicial de Río Negro.