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Lo estaban vacunando y pateó a la enfermera: la trabajadora terminó con secuelas



Una enfermera de Viedma sufrió una lesión en el hombro derecho cuando se disponía a vacunar a un niño y recibió una patada en esa parte del cuerpo. El golpe le provocó una lesión que derivó en atención médica, tratamientos, una intervención quirúrgica y secuelas físicas y psíquicas.
En la presentación judicial, la mujer explicó que trabajaba como enfermera para el Hospital de Viedma y relató las dificultades que atravesó durante el proceso de recuperación. También cuestionó las conclusiones adoptadas en sede administrativa respecto de las secuelas psicológicas derivadas del episodio.
La ART reconoció la existencia del accidente laboral y sostuvo que otorgó prestaciones médicas hasta el alta. Sin embargo, rechazó que la trabajadora presentara una incapacidad superior a la determinada por la Comisión Médica, aunque para la enfermera esa evaluación resultaba insuficiente.
Se realizaron dos pericias: una médica y otra psiquiátrica. El informe psiquiátrico describió un cuadro ansioso-depresivo asociado al dolor crónico que la mujer manifestó después de la lesión. Los especialistas señalaron que el padecimiento afectó distintos aspectos de su vida cotidiana, entre ellos las actividades sociales y recreativas, y concluyeron que existía un daño psíquico relacionado con el accidente laboral.
La pericia médica evaluó las secuelas físicas en el hombro derecho. El informe indicó que la trabajadora continuaba con dolor y limitaciones en la movilidad, pese a los tratamientos y a una cirugía posterior. También señaló que la mujer retomó sus tareas laborales, aunque persistían molestias físicas.
A partir de ambas pericias, la Cámara Laboral consideró acreditada una incapacidad laboral parcial y permanente. Los jueces señalaron que los informes periciales resultaron consistentes con las constancias incorporadas al expediente y remarcaron que no existían elementos suficientes para apartarse de las conclusiones elaboradas por los especialistas.
Finalmente, la Justicia condenó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. a abonarle a la trabajadora la suma correspondiente a la incapacidad laboral reconocida.

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