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Avanza la regulación de los monopatines eléctricos en Río Negro @javieracevedorn


Se aprobó en primera vuelta y por mayoría el proyecto de ley presentado por el legislador del Bloque CC ARI Cambiemos, Javier Acevedo, que busca regular la circulación, utilización y condiciones de seguridad de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en Río Negro.

La iniciativa regula especialmente la utilización de monopatines eléctricos y dispositivos análogos cuya velocidad máxima de diseño no supere los 30 km/h, ante el crecimiento sostenido de estos vehículos en los entornos urbanos y la necesidad de establecer reglas claras de circulación, seguridad y convivencia vial.



En los fundamentos, Acevedo señala que las nuevas formas de micromovilidad constituyen un fenómeno global vinculado a la movilidad sustentable, la innovación tecnológica y la transformación del transporte urbano, pero que también han generado nuevos riesgos en materia de seguridad vial, especialmente donde persisten vacíos regulatorios.

A nivel nacional, la Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció un marco regulatorio para este tipo de vehículos, con requisitos mínimos de circulación, límites de velocidad, uso obligatorio de casco y restricciones para rutas y autopistas. Además, distintas ciudades como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Mendoza, Rosario, Córdoba y Neuquén avanzaron con regulaciones específicas. En el plano internacional, países europeos también incorporaron mayores exigencias en materia de casco, identificación, iluminación y control.

Para Acevedo, el crecimiento de algunas ciudades de la provincia hace necesaria una regulación propia ante la ausencia de una normativa específica que pueda derivar en conflictos con peatones, circulación riesgosa, utilización en rutas, falta de elementos de seguridad e incremento de siniestros viales.

“Este proyecto busca equilibrar innovación y seguridad, promoviendo una movilidad sustentable sin resignar la protección de la vida y la integridad física de las personas”, sostiene Acevedo.

El proyecto establece que los VMP podrán circular por calles, avenidas, ciclovías, bicisendas y demás espacios públicos habilitados. Solo podrán conducirlos personas mayores de 16 años y será obligatorio el uso de casco homologado, además de contar con elementos de seguridad como frenos, luces, elementos reflectivos, dispositivo sonoro y limitador de velocidad.

La propuesta fija una velocidad máxima de 30 km/h en calles urbanas y de 10 km/h en zonas de convivencia o de alta circulación peatonal. También prohíbe la circulación en rutas nacionales y provinciales, autopistas, semiautopistas, veredas y zonas exclusivamente peatonales, entre otros espacios, así como transportar acompañantes, utilizar auriculares, manipular dispositivos móviles o conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias prohibidas.

Asimismo, contempla la creación de un Registro Provincial de Vehículos de Movilidad Personal, campañas permanentes de educación vial y la posibilidad de establecer progresivamente un seguro de responsabilidad civil, especialmente para actividades comerciales, alquileres turísticos y servicios compartidos. La normativa también respeta la autonomía municipal y permite que cada municipio pueda complementar la regulación provincial de acuerdo con sus características.

Prensa Bloque de Legisladores
Coalición Cívica ARI - Cambiemos



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